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En aquel tiempo prohibieron el joropo


En aquel tiempo prohibieron el joropo


Por  Eduardo Correa


       Puede parecer muy extraño y sorprendente que alguna vez en el país haya sido prohibido el baile del joropo y quien lo hiciese purgaba cárcel. Así ocurrió. Y si retrotrajéramos el suceso, hasta el mismísimo Reynaldo Armas se las hubiese visto feas con su música y en especial con aquella canción del folclor movida y pegajosa que dice “Hay una tierra en mi tierra donde se baila apretao…” y que incita y llama a bailar joropo: “Báilalo tú mi morena, báilalo tú mi catira mi joropo espellejao”. Y así como el trovador del Guárico, también hubiese estado comprometido Luis Silva cuando dice en una de sus canciones: “Bien zapateao, bien zapateo”, refiriéndose y promoviendo el sabroso baile llanero, que dicho sea de pasada es hoy la danza nacional. Y tal como ellos, no estuviesen  exentos de ese influjo otros tantos cantadores y compositores  que se caracterizan por exponer y defender esa bonita tradición cultural. Y antes de seguir, espero me excusen por aludir a los intérpretes de ahora porque puede parecer, por lo menos, extemporáneo. En todo caso, ruego lo tomen como lo que es, una referencia del pasado y un punto de exposición en mi relato. Pero,  gracias a Dios que ese tiempo está muy remoto y se vive otra época. Y es que además podían ir presos, no únicamente los bailadores de joropo como hemos dicho, sino también los que “miraban bailar”, y así como podía ir a la cárcel el hombre zapateador, incluso la mujer que hacía de pareja era penada igual. Y ello resulta muy curioso e impactante, ¿no es cierto?
       
      Hagamos un poco de historia y abundemos en este asunto. En el año de 1749, en la época de la Colonia –y es que no pudo haber sido en otra ocasión-, era Gobernador de Venezuela, otrora Provincia española, Luis Francisco de Castellanos, un ibero que era  Capitán General  y quien veía de mal modo el joropo y sus ejecutantes, y además era incitado por las consejas de otros,  y  se le metió entre ceja y ceja que debía tomar medidas. En ese entonces no eran pocos los venezolanos que tenían como entretenimiento el baile del joropo y en sus fiestas y reuniones se acostumbraba la exhibición e interpretación de la pegajosa música autóctona. Y el gobernante referido lo consideraba como algo deshonesto y de mal gusto. Y su desagrado llegó a tal extremo que no dudó en legislar y prohibir el citado baile ancestral a través de una Ordenanza que, por supuesto, trajo mucho desconcierto entre la ciudadanía.
      
       Veamos lo que sostenía esta histórica y malhadada ley: “Se prohíbe el baile de joropo escobillado por considerarse una diversión deshonesta” y de “extremos movimientos, desplantes, taconeos y otras suciedades”. Imagínense ustedes hasta donde llegó este hombre del pasado. Y es claro que la población de ese periodo nunca esperaba una decisión de tal envergadura y tan radical.

      
       Pero había mucho más.  La nueva Ordenanza estipulaba una pena de dos años de presidio a quien incurriera en el delito. Y esto no iba dirigido solo a los hombres. Las mujeres por su parte, es decir, la pareja bailadora, eran recogidas en hospitales por igual tiempo. Y todo no quedaba ahí. Los simples espectadores eran penados con dos meses de cárcel, penas estas que podrían ser agravadas al arbitrio de los jueces, según las circunstancias. Y como el baile había alcanzado mucha popularidad para la época, la gente se mostró descontenta y lo hizo saber con pronunciamientos y ciertas movilizaciones. Y argumentaban que esos movimientos del baile tenían su origen en el Fandango español, que era de raíz popular. Pero el susodicho, el tal De Castellanos, se mantuvo firme en su decisión y reiteró que la prohibición  “se haría cumplir en todo el territorio nacional”.        

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