En
aquel tiempo prohibieron el joropo
Por Eduardo Correa
Puede parecer muy extraño y sorprendente
que alguna vez en el país haya sido prohibido el baile del joropo y quien lo
hiciese purgaba cárcel. Así ocurrió. Y si retrotrajéramos el suceso, hasta el
mismísimo Reynaldo Armas se las hubiese visto feas con su música y en especial
con aquella canción del folclor movida y pegajosa que dice “Hay una tierra en
mi tierra donde se baila apretao…” y que incita y llama a bailar joropo: “Báilalo
tú mi morena, báilalo tú mi catira mi joropo espellejao”. Y así como el
trovador del Guárico, también hubiese estado comprometido Luis Silva cuando
dice en una de sus canciones: “Bien zapateao, bien zapateo”, refiriéndose y
promoviendo el sabroso baile llanero, que dicho sea de pasada es hoy la danza
nacional. Y tal como ellos, no estuviesen exentos de ese influjo otros tantos cantadores
y compositores que se caracterizan por
exponer y defender esa bonita tradición cultural. Y antes de seguir, espero me
excusen por aludir a los intérpretes de ahora porque puede parecer, por lo
menos, extemporáneo. En todo caso, ruego lo tomen como lo que es, una
referencia del pasado y un punto de exposición en mi relato. Pero, gracias a Dios que ese tiempo está muy remoto
y se vive otra época. Y es que además podían ir presos, no únicamente los
bailadores de joropo como hemos dicho, sino también los que “miraban bailar”, y
así como podía ir a la cárcel el hombre zapateador, incluso la mujer que hacía
de pareja era penada igual. Y ello resulta muy curioso e impactante, ¿no es
cierto?
Hagamos un poco de historia y abundemos
en este asunto. En el año de 1749, en la época de la Colonia –y es que no pudo
haber sido en otra ocasión-, era Gobernador de Venezuela, otrora Provincia
española, Luis Francisco de Castellanos, un ibero que era Capitán General y quien veía de mal modo el joropo y sus
ejecutantes, y además era incitado por las consejas de otros, y se le
metió entre ceja y ceja que debía tomar medidas. En ese entonces no eran pocos
los venezolanos que tenían como entretenimiento el baile del joropo y en sus
fiestas y reuniones se acostumbraba la exhibición e interpretación de la
pegajosa música autóctona. Y el gobernante referido lo consideraba como algo
deshonesto y de mal gusto. Y su desagrado llegó a tal extremo que no dudó en
legislar y prohibir el citado baile ancestral a través de una Ordenanza que,
por supuesto, trajo mucho desconcierto entre la ciudadanía.
Veamos lo que sostenía esta histórica y malhadada
ley: “Se prohíbe el baile de joropo escobillado por considerarse una diversión
deshonesta” y de “extremos movimientos, desplantes, taconeos y otras
suciedades”. Imagínense ustedes hasta donde llegó este hombre del pasado. Y es
claro que la población de ese periodo nunca esperaba una decisión de tal
envergadura y tan radical.
Pero había mucho más. La nueva Ordenanza estipulaba una pena de dos
años de presidio a quien incurriera en el delito. Y esto no iba dirigido solo a
los hombres. Las mujeres por su parte, es decir, la pareja bailadora, eran
recogidas en hospitales por igual tiempo. Y todo no quedaba ahí. Los simples
espectadores eran penados con dos meses de cárcel, penas estas que podrían ser
agravadas al arbitrio de los jueces, según las circunstancias. Y como el baile
había alcanzado mucha popularidad para la época, la gente se mostró descontenta
y lo hizo saber con pronunciamientos y ciertas movilizaciones. Y argumentaban
que esos movimientos del baile tenían su origen en el Fandango español, que era
de raíz popular. Pero el susodicho, el tal De Castellanos, se mantuvo firme en
su decisión y reiteró que la prohibición
“se haría cumplir en todo el territorio nacional”.
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