Erase una vez una montaña de dinero (2)
Por Eduardo Correa
En el artículo
anterior no nos oponíamos a lo grande, lo complejo o sofisticado que se haya
hecho o pueda seguirse haciendo en el
país, y por ello nunca descartamos “una Venezuela poderosa, magna, reconocida y respetada en el mundo; lo que pretendíamos decir es que
siempre debe hacerse énfasis en resolver
lo pequeño, lo sencillo, lo cotidiano,
lo que atañe directamente a la persona, lo que le permita vivir decente, con
soltura y con solvencia. Ejemplo: repetimos, “poder adquisitivo, resolver el problema del agua potable, del gas
domestico, de la electricidad, del aseo urbano, de la vialidad y minimizar la
inseguridad, entre otros entuertos que se han hecho, de nuevo, cotidianos”.
En esta ocasión
insistiremos en la importancia de enfocarse, de manera definitiva, en las cosas
más sencillas, y es así como nos referiremos a algunos aspectos del “papeleo
administrativo” y ponemos el ejemplo de un caso que le sucedió a un vecino en
un pasado muy reciente en el Instituto Venezolano del Seguro Social, en Araure,
con motivo de solicitar la pensión que
por derecho le correspondía. Entre los tantos trámites exigidos constaba el de la “partida de
nacimiento” que debía ser original y de reciente data, pero ese requisito acababa
de ser obviado por el mismo organismo y
se concretaba en una Resolución dictada por la presidencia. Fueron vanos
los intentos de que le aceptaran, por lo
menos, aquella copia que presentó acompañada de la nota de prensa del señor
Rotondaro, presidente del IVSS, donde confirmaba y explicaba el asunto. La
terca actitud de los funcionarios regionales provocó que tuviera que viajar al
estado Guárico y buscara y rebuscara en unos viejos y casi destartalados libros
del registro y donde la había obtenido por primera vez hace años, y debido a
esa obstinada burocracia terminó
perdiendo un año en cristalizar ese
derecho constitucional donde le exigían entre diez y doce requisitos, cuando
los esenciales no pasaban de tres o cuatro.
Algunos deben
estar pensando en la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, en
especifico del articulo quinto, que
sostiene y se fundamenta en “Los principios de simplicidad, transparencia,
celeridad, eficacia, eficiencia, rendición de cuentas, solidaridad, presunción
de buena fe del interesado, responsabilidad en el ejercicio de la función pública,
de desconcentración en la toma de decisiones y que su actuación debe estar
dirigida al servicio de las personas”. Pero que va, todo eso les pareció letra
muerta a estos servidores públicos e hicieron caso omiso de ella. Y de ese modo
el papeleo y la burocracia retrógrada siguen presente y haciendo estragos en
los derechos y el tiempo de los ciudadanos que cada día acuden a esas
instancias en busca de soluciones rápidas y diáfanas.
Otro ejemplo que
viene al caso, es el de un docente que requiera una constancia de trabajo con
la intención de realizar cualquier gestión que desee. Si vive y trabaja en
Acarigua o cualquier otro lugar que no sea Guanare, debe acudir,
irremediablemente, a esa capital para tenerla, y ya puede pensarse lo que eso
significa. ¿No puede una oficina, de Acarigua o Araure, por decir alguna
referencia, expedir ese documento ni siquiera siendo Autoridad Única como es
ahora? Increíble, ¿no? ¿Debe viajar un maestro o profesor unos doscientos kilómetros,
ausentarse de clases o de la actividad que realiza para obtener un papel que
bien pudiera conseguir en su zona? Por otra parte, hace poco a una amiga le
pidieron una “fe de vida” con urgencia para poder pagarle la quincena y el
consejo comunal no pudo darle la carta de residencia por problemas eléctricos y
al dirigirse al Registro Civil Municipal le dijeron que era indispensable ese
requisito que no pudo “sacar”. ¿Y el argumento de viva voz que expuso? ¿Y qué
de la presunción de buena fe que
establece la ley? No bastó que ella estuviera allí frente al funcionario. Y menos
mal que podía valerse por si misma, porque si no, imagínense donde fuese ido a
parar todo aquello.
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