En 1749 -hace más de 250 años- creó desconcierto entre la ciudadanía la ordenanza emitida por el capitán general , Luis Francisco de Castellanos, en la que se prohibe el baile de "joropo escobillao". En sus declaraciones el capitán expuso su inconformidad con el ritmo por considerarlo "una diversión deshonesta" y de "extremosos movimientos, desplantes, taconeos y otras suciedades". De ahí la medida radical.
La nueva ordenanza estipula una pena de dos años de presidio a quien incurra en el delito; las mujeres serán recogidas en hospitales por igual tiempo; los simples espectadores tendrán dos meses de cárcel segura, penas todas que podrán ser agravadas al arbitrio de los jueces, según las circunstancias.
Diferentes sectores se pronunciaron ante esta ley que amenaza con acabar con la popularidad que ha alcanzado el baile. alegando que estos movimientos tienen su origen en el fandango español de raíz popular. Pero De Castellanos se mantiene firme en su posición y afirma que se encargará de que se cumpla su voluntad "en todo el territorio nacional".
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