"El derecho de expresar sus pensamientos y opiniones de palabra, por escrito, o de cualquier otro modo, es el primero y más inestimable don de la naturaleza. Ni aún la ley misma podrá jamás prohibirlo, y sólo podrá señalarle justos términos, haciendo responsable de sus palabras y escritos, y aplicando penas proporcionales a los que lo ejercen licencionamente en perjuicio de la tranquilidad pública, de la vida, honor, estimación y propiedad de cualquier ciudadano".
(15.2.1819)
Comentarios
Publicar un comentario